Consulta el calendario de pico y placa en Bogotá para vehículos particulares durante enero de 2026

1·ENE·2026
La medida de pico y placa para vehículos particulares continúa funcionando en Bogotá de 6:00 a. m. a 9:00 p. m., de lunes a viernes.
Foto de vehículos en una vía de BogotáFoto: Secretaría Distrital de Movilidad.
Conoce cómo opera la medida para vehículos particulares del 1 al 31 de enero de 2026.

¡Aquí sí pasa! Ten en cuenta esta información de movilidad en Bogotá, mi Ciudad, mi Casa. Te informamos sobre la medida de pico y placa del 1 al 31 de enero de 2025 para vehículos particulares. Te entregamos el calendario definido por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) para que planees tus viajes!

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La medida de pico y placa continúa operando durante enero de 2026 de manera habitual: de lunes a viernes, de 6:00 a. m. a 9:00 p. m. 

Así funciona la medida de pico y placa en Bogotá para vehículos particulares 

  • En días impares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 1, 2, 3, 4 y 5.
  • En días pares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 6, 7, 8, 9 y 0.

Calendario del pico y placa para vehículos particulares en Bogotá durante enero de 2026

1 al 4 de enero 

Jueves festivo 1 de enero: No aplica la medida de pico y placa.

Viernes 2 de enero: No aplica la medida de pico y placa, medida adoptada por la Administración distrital por inicio de año.

Sábado 3 de enero: No aplica la medida de pico y placa.

Domingo 4 de enero: No aplica la medida de pico y placa

Semana del 5 al 11 de enero

Lunes 5 de enero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Martes 6 de enero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Miércoles 7 de enero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Jueves 8 de enero:  pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Viernes 9 de enero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Sábado 10 de enero: No aplica la medida de pico y placa.

Domingo 11 de enero: No aplica la medida de pico y placa

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Semana del 12 al 18 de enero

Lunes festivo 12 de enero: aplica la medida de pico y placa regional. 

Martes 13 de enero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Miércoles 14 de enero:  pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Jueves 15 de enero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Viernes 16 de enero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Sábado 17 de enero: No aplica la medida de pico y placa.

Domingo 18 de enero: No aplica la medida de pico y placa

Semana del 19 al 25 de enero

Lunes 19 de enero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Martes 20 de enero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Miércoles 21 de enero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Jueves 22 de enero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Viernes 23 de enero:  pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Sábado 24 de enero: No aplica la medida de pico y placa.

Domingo 25 de enero: No aplica la medida de pico y placa

Semana del 26 al 31 de enero

Lunes 26 de enero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Martes 27 de enero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Miércoles 28 de enero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Jueves 29 de enero: pueden circular los vehículos con placas terminadas en  1, 2, 3, 4 y 5.

Viernes 30 de enero:  pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Sábado 31 de enero: No aplica la medida de pico y placa.

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Así opera el pico y placa regional de ingreso a Bogotá

La medida de pico y placa regional funciona el último día de todos los puentes festivos o cuando lo establezca la Administración distrital, en los nueve corredores de ingreso a la capital. 

A partir de las 12:00 del mediodía y hasta las 4:00 p. m., sólo se permite el ingreso a Bogotá de los vehículos con placas terminadas en número par;  de 4:00 p. m. a 8:00 p. m. se permite el ingreso de los vehículos con placas impares.

Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) https://www.movilidadbogota.gov.co/ . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá.
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